La Rioja

- Consejería de Servicios Sociales

- Dirección General de Atención a la Dependencia

- c/ Villamediana, 17 26071 Logroño

- +34 900 700 333

- informacion@larioja.org

- Información sobre dependencia del Gobierno de La Rioja

Modelo de solicitud en La Rioja Pinche aquí
El Procedimiento de valoración y reconocimiento de la situación de Dependencia será aplicable a todas las personas que tengan su residencia en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Rioja y que cumplan los siguientes requisitos de la ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia:
a) Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos
b) Para los menores de tres años se estará a lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera
c) Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. Para los menores que carezcan de la nacionalidad española, se estará a lo dispuesto en las Leyes del Menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los tratados internacionales.
* Documentos necesarios en la Comunidad de la Rioja
Junto con la solicitud de valoración de la dependencia se deberá acompañar la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI de la persona solicitante, y, en su caso, de su representante legal
En el supuesto de que el solicitante sea un menor de edad y carezca de DNI, su identidad se acreditará mediante el Libro de Familia y el DNI de q uien ostente su representación
- Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, de 2 de junio de 2009, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Política Social, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Comunidad Autónoma de La Rioja, por el que se transfieren créditos previstos en el fondo especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo regulado por Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la Dependencia. (BOR nº 73, de 15.06.09)

- Orden 3/2009, de 6 de abril, por la que se modifica la Orden 5/2007, de 31 de octubre, por la que se regulan las condiciones de acceso y la cuantía de las prestaciones económicas del Sistema Riojano para la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. (BOR nº 47, de 15.04.09)

- Resolución de 11 de febrero de 2009, de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se establecen las cuantías máximas de las prestaciones económicas del Sistema Riojano para la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia para el año 2009. (BOR nº 23, de 18.02.09)

- Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, de 10 de febrero de 2009, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado. (BOR nº 26, de 25.02.09)

- Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, de 19 de marzo de 2008, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado.

- Resolución de la Consejería de Servicios Sociales por la que se establecen las cuantías máximas de las prestaciones económicas del Sistema Riojano para la autonomía personal y atención a las personas en situación de Dependencia para el año 2008.
(39 Kb. pdf) - Decreto 131/2007, de 27 de diciembre, por el que se modifica el decreto 32/2005, de 29 de abril, por el que se crean y regulan las prestaciones para cuidadores de personas mayores dependientes.
(24 Kb. pdf) - Orden 5/2007, de 31 de octubre, de la Consejería de Servicios Sociales por la que se regulan las condiciones de acceso y la cuantía de las prestaciones económicas del Sistema Riojano para la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
(230 Kb. pdf) - Decreto 126/2007, de 26 de octubre, por el que se regula la Intervención Integral de la Atención Temprana en La Rioja.
(48 Kb. pdf) - Orden 4/2007, de 16 de octubre, de la Consejería de Servicios Sociales por la que se regula el procedimiento para la valoración y reconocimiento de la situación de dependencia en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
(1210 Kb. pdf)
Fuente: Portal de Dependencia
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